Dos hermanas están encausadas en la Audiencia de Palma por una estafa que afectó a la herencia de su tía y a una fundación vinculada al Opus Dei. El caso revela graves fallas en la vigilancia de los poderes notariales y en la protección de personas mayores. El importe en juego supera los 400.000 euros, y el perjuicio alcanza a nueve herederos legítimos.
¿Qué ocurrió con la herencia de la tía y el poder notarial?
La fallecida otorgó en 2010 un poder general amplísimo a dos de sus sobrinas. Este documento les permitió administrar y disponer de su patrimonio, incluyendo dos viviendas y una plaza de garaje en Madrid. En 2016, mientras la tía estaba ingresada en una residencia, las acusadas la acompañaron al notario para vender esos bienes por 839.000 euros.
El uso abusivo del poder
El poder no autorizaba la suscripción de pólizas ni la designación de beneficiarios. Sin embargo, las hermanas lo usaron para firmar contratos de rentas vitalicias, y luego, en 2016 y 2017, acudieron a una entidad bancaria en Palma para modificar las pólizas.
Falsificación de firma y designación fraudulenta
Allí, imitaron la firma de su tía y añadieron una cláusula de designación de beneficiarios. Así, se nombraron únicas receptoras de 400.000 euros, excluyendo a la fundación benéfica y a otros ocho herederos.
¿Por qué no pudieron acceder al dinero?
La entidad bancaria detectó irregularidades y consignó judicialmente la cantidad al dudar de la legitimidad de la designación. En agosto de 2020, un juzgado de Palma dictó un embargo preventivo sobre los 400.000 euros. El dinero sigue bloqueado mientras avanza el proceso.
La respuesta institucional
El embargo evitó la dispersión del patrimonio. También activó mecanismos de control bancario previstos en la Ley 10/2010 contra el blanqueo de capitales, que exige verificación reforzada en operaciones con personas vulnerables.
¿Qué delitos se imputan y cuál es su impacto legal?
La fiscalía imputa dos delitos de estafa y dos delitos de falsedad documental, en concurso real. Cada acusada enfrenta una petición de siete años de prisión, multa y responsabilidad civil.
Marco legal aplicable
El caso se enmarca en el Código Penal español, artículos 248 (estafa) y 390 (falsedad en documento privado). Además, la jurisprudencia del Tribunal Supremo exige prueba fehaciente de la capacidad mental del testador al otorgar poderes o modificar cláusulas bancarias.
Vulnerabilidad y protección legal
La tía tenía más de 80 años y residía en una residencia. Su situación califica como persona especialmente vulnerable, lo que activa la protección reforzada del Código Civil, artículo 757, y la Ley 8/2021 de protección a personas mayores.
¿Cuál es el impacto económico y social del caso?
El caso no es aislado. En 2025, el Consejo General del Notariado registró un aumento del 22 % en denuncias por abuso de poderes sobre personas mayores. El perjuicio económico supera los 120 millones de euros anuales en España.
Datos Clave
- Las acusadas actuaron bajo un poder general amplísimo, otorgado en 2010.
- Vendieron bienes inmobiliarios por 839.000 euros en 2016.
- Suscribieron dos pólizas con cláusulas de beneficiarios fraudulentas.
- Se autodesignaron únicas receptoras de 400.000 euros, excluyendo a la fundación del Opus Dei y ocho herederos.
- El dinero fue embargado preventivamente en 2020 y sigue consignado judicialmente.
- La fiscalía pide siete años de prisión por cada delito, con concurso real.
El caso evidencia la necesidad de reforzar los controles notariales y bancarios en operaciones con personas mayores. También pone en evidencia la debilidad de los mecanismos de supervisión de los poderes notariales, especialmente cuando se otorgan sin testamento supervisado. La fundación vinculada al Opus Dei no recibió ni un euro, y los otros herederos siguen sin acceso a su legítima. La resolución judicial definirá si el sistema de protección patrimonial para personas vulnerables funciona o requiere reforma urgente.
