Un trabajador de 57 años de una gasolinera en Mallorca ha obtenido incapacidad permanente total tras una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB). La decisión revoca la negativa inicial de la Seguridad Social y reconoce su imposibilidad para desempeñar su puesto de expendedor y vendedor en estación de servicio, debido a fibromialgia, fatiga crónica, dolor abdominal, articular y vertebral, además de un síndrome ansioso depresivo.
¿Qué implica la incapacidad permanente total para un trabajador de gasolinera?
La incapacidad permanente total no significa imposibilidad absoluta de trabajar. Significa que el afectado no puede ejercer su profesión habitual, pero sí podría desempeñar otras actividades compatibles con sus limitaciones. En este caso, el TSJB confirmó que el trabajador conserva funcionalidad para tareas en sedestración, uso moderado de extremidades superiores y funciones intelectuales sin atención al público.
El tribunal rechazó la solicitud de incapacidad permanente absoluta, al considerar que no existen impedimentos para todo tipo de empleo. Tampoco admitió el recurso para reconocer un 20 % de incapacidad cualificada, por falta de sustento probatorio.
¿Cómo afecta la fibromialgia al reconocimiento de incapacidad?
La fibromialgia es una condición crónica reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y regulada en España bajo el Real Decreto 1155/2021. Su diagnóstico requiere criterios clínicos objetivos y documentación médica continuada. En este caso, el TSJB valoró los informes médicos, pruebas funcionales y la pericial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), pero descartó la pericial privada del demandante por no cumplir con los requisitos legales de imparcialidad y metodología.
La carga probatoria recae en el trabajador
El TSJB subrayó que deben estar a los hechos probados inalterados, lo que refuerza la necesidad de documentación clínica sólida desde el inicio del proceso. No basta con diagnósticos aislados: se exige correlación entre síntomas, limitaciones funcionales y exigencias reales del puesto.
¿Qué impacto económico tiene esta sentencia?
El trabajador percibirá una prestación equivalente al 55 % de su base reguladora, fijada en 1.272 euros mensuales, con efectos desde el 2 de noviembre de 2023. Esto representa un ingreso mensual de 699,60 euros, sin cotización a la Seguridad Social. El importe no es revisable automáticamente, pero sí puede actualizarse por revalorización anual según IPC.
Este caso refleja una tendencia creciente: en 2025, las resoluciones sobre incapacidad por patologías reumatológicas y psicosomáticas aumentaron un 18 % en Baleares respecto a 2024, según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
¿Qué marco legal regula este tipo de resoluciones?
La sentencia se sustenta en el Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto Legislativo 8/2015 (texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social) y la Ley 36/2011, de regulación de la jurisdicción social. Además, aplica la Instrucción 1/2022 del INSS, que exige valoración multidimensional: clínica, funcional y laboral.
El rol del juzgado de lo social
La primera sentencia, emitida por un juzgado de lo social de Palma, fue ratificada íntegramente por el TSJB. Esto refuerza la importancia de la fase inicial: la calidad de la prueba y la estrategia procesal en primera instancia determinan el resultado final.
Datos Clave
- La incapacidad permanente total se otorgó con efectos desde el 2 de noviembre de 2023.
- La prestación mensual es del 55 % de la base reguladora (699,60 €).
- El TSJB descartó la incapacidad absoluta y la incapacidad cualificada del 20 %.
- La sentencia aún no es firme: puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
- La fibromialgia requiere documentación clínica continua y correlación funcional para su reconocimiento legal.
El caso marca un precedente relevante en el ámbito de la protección social para trabajadores con patologías crónicas no visibles, especialmente en sectores con alta exigencia física y psicosocial como el de las estaciones de servicio. Su resolución refleja la evolución jurisprudencial hacia una evaluación más integral de la capacidad laboral, alejada de criterios puramente médicos y centrada en la funcionalidad real.
